Seguro de Evacuación de Emergencia | Exclusiones

Para Evacuación Médica de Emergencia y Repatriación de Restos Mortales, este seguro no cubre:

  1. Suicidio o intento del mismo por parte de la Persona Asegurada, cuando esté en su sano juicio, o autodestrucción o cualquier intento del mismo por parte de la Persona Asegurada, mientras se encuentre fuera de sus facultades mentales;
  2. Lesión sufrida mientras la Persona Asegurada está montando como piloto, piloto estudiante, operador o miembro de la tripulación, en o sobre, abordando o descendiendo, de cualquier tipo de aeronave; como pasajero en cualquier avión que (a) no tiene un certificado de aeronavegabilidad vigente y válido, y (b) no es pilotado por una persona que posea un certificado válido y actual de competencias para pilotear estas aeronaves;
  3. Guerra declarada o no declarada, o cualquier acto de la misma; servicio militar, naval o aéreo de cualquier país;
  4. Volar en cualquier aeronave que se utiliza para o en conexión con el vuelo acrobático o de trucos, carreras o pruebas de resistencia; aeronaves propulsadas por cohetes; de fumigación o siembra o rocío, lucha contra incendios, exploración, inspección de tubería o líneas de alta tensión, cualquier forma de caza o pastoreo, fotografía aérea, publicidad o cualquier propósito experimental; comprometido en cualquier vuelo que requiera un permiso especial o la renuncia de la autoridad que tenga jurisdicción sobre la aviación civil, a pesar de que haya sido concedido.
  5. Los beneficios atribuibles a lesiones o enfermedades durante los primeros 30 días de cobertura para las personas que se inscriban en este plan mientras estén confinados a un hospital, un centro o casa de convalecencia, de cuidado o de reposo, o en un asilo, un lugar que proporciona principalmente atención de custodia, educación, o de rehabilitación, un hospicio o una instalación utilizada principalmente para el tratamiento de drogadictos o alcohólicos en el momento de la inscripción. (Sólo aplicable para la Evacuación Médica de Emergencia y la Repatriación de Restos)
Para Evacuación Política Este seguro no cubre: 1) Las pérdidas recuperables en virtud de cualquier otro seguro o por medio de un empleador; 2) Pérdidas derivadas de o atribuibles a: a) actos deshonestos o delictivos cometidos o intentados por parte de la Persona Asegurada, b) supuesta violación de las leyes del país anfitrión, a menos que la Entidad Aseguradora determine que tales acusaciones son fraudulentas, o c) no mantener los documentos o visados requeridos; 3) Las pérdidas atribuibles a: a) deuda, insolvencia, fracaso comercial, o de la toma de posesión de cualquier propiedad, b) incumplimiento de un contrato o licencia por parte del asegurado o c) implementación de las tazas de cambio legalmente aportadas; 4) Las pérdidas de responsabilidad asegurada por parte del Asegurado bajo cualquier contrato.

Exclusiones del beneficio de Retraso de Equipaje/Entrega de Equipaje

Las siguientes exclusiones se aplican al beneficio de retraso del equipaje/ entrega de equipaje. No proporcionaremos beneficios por ninguna pérdida o daño a:
  1. animales;
  2. automóviles y equipo de automóviles;
  3. barcos u otros vehículos o medios de transporte;
  4. remolques, motores, motocicletas o aeronaves;
  5. bicicletas (excepto cuando se documenta como equipaje en un transporte comercial);
  6. anteojos, lentes de sol o lentes de contacto;
  7. dientes artificiales y puentes dentales;
  8. aparatos auditivos;
  9. prótesis para los miembros;
  10. llaves, dinero, estampillas, bonos y documentos;
  11. boletos;
  12. objetos de arte e instrumentos musicales;
  13. productos de consumo incluyendo medicamentos, perfumes, cosméticos y productos perecederos;
  14. equipo o propiedad profesional u ocupacional, sea o no equipo empresarial electrónico;
  15. teléfonos, computadora o programas informáticos; o
  16. propiedad adquirida, guardada, almacenada o transportada de manera ilegal.
Las siguientes exclusiones aplican al beneficio de retraso de equipaje/entrega de equipaje. Se excluye cualquier pérdida causada por o como resultado de lo siguiente:
  1. desgaste por uso o deterioro gradual;
  2. insectos y bichos;
  3. vicio o daño inherente mientras el artículo está en uso o está siendo procesado;
  4. confiscación o expropiación por orden de cualquier gobierno;
  5. contaminación radiactiva;
  6. guerra o cualquier acto de guerra declarado o no;
  7. propiedad enviada como carga o enviada antes de la fecha de salida programada;
  8. retraso o pérdida de valor de mercado;
  9. pérdida o daño indirecto o consecuencial de cualquier tipo;
  10. robo o hurto mientras se deja desatendido en cualquier vehículo si el vehículo no está debidamente resguardado;
  11. corriente eléctrica, incluido el arco eléctrico que daña o destruye dispositivos o aparatos eléctricos;
  12. desaparición misteriosa

Exclusiones del beneficio de muerte accidental y desmembramiento:

No se pagará ningún beneficio por muerte accidental y desmembramiento como resultado de:
  1. Suicidio o intento de hacerlo mientras se está en sano juicio o autodestrucción o cualquier intento de hacerlo mientras no se esté en pleno uso de las facultades mentales;
  2. Enfermedad de cualquier tipo; Infecciones bacterianas, excepto infección piógena que se haya causado por un corte o herida accidental;
  3. Hernia de cualquier tipo;
  4. Lesiones sufridas mientras conduces como piloto, estudiante piloto, operador o miembro de la tripulación, ya sea en o sobre, abordando o abandonando cualquier tipo de aeronave;
  5. Lesiones sufridas mientras viajas como pasajero en cualquier aeronave (a) que no tiene un Certificado de aeronavegabilidad vigente y válido y (b) no piloteado por una persona que posea un certificado válido y actual de competencia para pilotear dicho avión;
  6. Cualquier consecuencia, ya sea directa o indirectamente, próxima o remotamente ocasionada por, contribuida por, o atribuible a, o surgida en conexión con: (a) guerra, invasión, acto de hostilidades del enemigo extranjero, operaciones bélicas (ya sea que la guerra sea declarada o no), o guerra civil; (b) rebelión, disturbio, ataque, sublevación militar o civil, rebelión, revolución, poder militar o usurpación del poder. (c) cualquier acto de cualquier persona que actúe en nombre de o en conexión con cualquier organización con actividades dirigidas hacia el derrocamiento por la fuerza del Gobierno de jure o defacto o para influir en él por terrorismo o violencia; (d) ley marcial o estado de sitio o cualquier evento o causa que determine la proclamación o el mantenimiento de la ley marcial o estado de sitio (en adelante a los efectos de esta Exclusión llamada "Ocurrencias"). Cualquier consecuencia que ocurra o surja durante la existencia de condiciones anormales (ya sean físicas o de otro tipo), ya sea directa o indirectamente, próxima o remotamente ocasionadas por, o contribuidas por, rastreables o que surjan en relación con cualquiera de dichas “ocurrencias” se considerarán ser consecuencias por las cuales el Asegurador no será responsable en esta Póliza excepto en la medida en que la persona asegurada demuestre que tal consecuencia ocurrió independientemente de la existencia de tales condiciones anormales;
  7. Servicio militar, en la marina o servicio aéreo de cualquier país;
  8. Volar en cualquier aeronave que sea utilizada para o en conexión a un vuelo acrobático o de truco, carreras o pruebas de resistencia;
  9. Volar en cualquier avión propulsado por cohetes;
  10. Volar en cualquier aeronave que sea utilizada o en conexión a la aerofumigación de las cosechas, lucha por apagar incendios, inspección de tubería o línea de alta tensión, cualquier forma de cacería, fotografía aérea, propagandas con carteles o cualquier otro propósito experimental;
  11. Volar en cualquier aeronave que se dedica a cualquier vuelo que requiera un permiso especial o la renuncia de la autoridad que tenga jurisdicción sobre la aviación civil, a pesar de que pueda ser concedida;
  12. Enfermedad de cualquier tipo;
  13. Encontrarse bajo el efecto del alcohol o haber consumido drogas o narcóticos, a menos que hayan sido prescritos por un médico o cirujano legalmente calificado;
  14. Lesión ocasionada o incurrida mientras estás cometiendo o intentando cometer un delito, o para el cual una de las causas que contribuyeron a que el hecho sucediera fuese que estabas involucrado en actividades ilegales;
  15. Al montar o conducir en cualquier tipo de competencia;
  16. Embarazo, parto, pérdida del embarazo o aborto;
  17. Este plan no cubre pérdidas o daños (incluyendo muerte o lesión), ni cualquier costo o gasto resultante directamente de la descarga, la explosión o el uso de cualquier dispositivo, arma o material que utilice o involucre fisión nuclear, la fusión nuclear o fuerza radioactiva o agentes químicos, biológicos, radiológicos o similares, ya sea en tiempo de paz o de guerra, y sin importar quién comete el acto.

El plan de Evacuación Médica y Repatriación está disponible para estudiantes y académicos internacionales con una visa de estudiante válida que residen temporalmente fuera de su país de origen y participan en actividades educativas de tiempo completo, que son menores de 50 años.

Sin embargo, existen restricciones específicas que se aplican al comprar este plan:

Ten en cuenta que no se te enviará a tu dirección una copia impresa de la tarjeta de identificación para este plan. En su lugar, recibirás una copia electrónica de tu tarjeta de identificación por correo electrónico en el momento de la compra.


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